Así impúdicamente y absolutamente fuera de plazo, sigue en campaña para ser diputado.
Por asuntos de forma y no de fondo Juan Vera, el exalcalde de Castro, libró de una acusación por notable abandono de deberes que el actual alcalde de esa comuna, Baltazar Elgueta y el concejal Ignacio Álvarez, presentaron en el Tribunal Electoral Regional por faltas graves a la probidad administrativa del exalcalde de derecha.
Hace algunas semanas, justo a seis meses de que Juan Vera dejara la alcaldía de Castro, se presentó esta acusación al tribunal electoral, buscando inhabilitarlo para ejercer cualquier cargo público por cinco años, o sea que no pudiese ser candidato en las elecciones de noviembre.
El tribunal regional se pronunció en primera instancia acogiendo el requerimiento, pero tras una presentación de la defensa de Juan Vera, resolvió su inadmisibilidad, pues fue presentado por un sólo concejal en ejercicio, requiriéndose a lo menos un tercio de los concejales en ejercicio.
Por otra parte, se añade en el pronunciamiento del TER, “el alcalde no se encuentra entre los sujetos habilitados por la norma para accionar en este tipo de procedimientos, por lo que, al no concurrir la cantidad mínima de concejales en ejercicio exigida por el inciso cuarto del artículo 60 de la Ley N° 18.695, el requerimiento carece de legitimación activa, configurándose un vicio esencial que impide su tramitación….en consecuencia, se declara inadmisible el requerimiento de inhabilidad”.
O sea, por la impericia de los demandantes, finalmente Vera libró por aspectos de forma de la acusación y no por asuntos de fondo y claro está le proporcionaron gratuitamente una victoria, que ha sido un aliciente para que siga haciendo absolutamente fuera de plazo y a la vista y paciencia de todo el mundo, campaña para ser electo diputado por el distrito en las elecciones de noviembre.
Se le ve impúdicamente abriendo sedes, entregando regalos, e incluso diplomas con su nombre y un gallo color verde, que es su imagen de campaña; todo a meses de las elecciones y a meses de la autorización legal para desarrollar actividades de ese tipo.
Adjuntamos la resolución del Tribunal Electoral Regional.

