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FISCALIZACIÓN DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA: 31% DE LAS MUNICIPALIDADES DEL PAÍS NO PUBLICA LA EXISTENCIA DE SU CONSEJO COMUNAL DE SEGURIDAD

Juan Toledo by Juan Toledo
23/06/2025
in Regionales
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FISCALIZACIÓN DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA: 31% DE LAS MUNICIPALIDADES DEL PAÍS NO PUBLICA LA EXISTENCIA DE SU CONSEJO COMUNAL DE SEGURIDAD

En el marco del Programa de Fiscalizaciones Extraordinarias realizada por el Consejo para la Transparencia (CPLT) evidenció preocupantes falencias en la publicidad de los Planes Comunales de Seguridad Pública y la información relacionada con los Consejos Comunales de Seguridad Pública, mecanismos de coordinación local en materia de seguridad.

Respecto de esta nueva fiscalización, y a modo de contexto, es relevante precisar que la ley N°20.965 calificó como atribución esencial de los municipios, el elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Plan Comunal de Seguridad Pública. Al mismo tiempo, estableció que, para realizar dichas acciones, las municipalidades tendrán en consideración las observaciones efectuadas por el Consejo Comunal de Seguridad Pública (que se crea con carácter consultivo) y por cada uno de sus consejeros. Por su parte, las actas de estos consejos deben remitirse, por ley, a la Subsecretaría de Prevención del Delito, sin perjuicio que, constituye una buena práctica de transparencia activa su publicación por los municipios.

Remisión de antecedentes a la Subsecretaría de Prevención del Delito

El CPLT analizó la información obtenida de la Subsecretaría de Prevención del Delito respecto de los Planes Comunales de Seguridad Pública que cada una de las 345 municipalidades debe elaborar, publicar y remitirle, conforme indica la ley. Al respecto, se evidenció que, si bien 307 municipios cuentan con un plan (89%), solo en 279 municipios estaban vigentes (81%).

Respecto de la remisión a dicha Subsecretaría de las actas de los Consejos Comunales de Seguridad correspondientes a los años 2023 y 2024, se verificó que 298 municipalidades, es decir, el 86% del total, sí enviaron esta información, según lo exige la ley. Sin embargo, solo 25 consejos (8,5%) cumplieron con el mínimo esperado de 24 actas, lo que sugiere una baja frecuencia de sesiones (la ley exige mínimo 1 al mes) o deficiencias en el envío de la documentación.

Incumplimientos de transparencia activa

Respecto de aquellos municipios que contaban con Planes Comunales de Seguridad Pública vigentes (279, correspondientes al 81%), se analizó una muestra priorizada de 70 comunas con altos niveles de vulnerabilidad, según el Índice de Vulnerabilidad Socio-delictual, constatándose que en 24 casos los planes no estaban publicados en su portal web o eran versiones desactualizadas. Es decir, esta infracción se evidenció en el 34% de las municipalidades de la muestra.

En relación con los Consejos Comunales de Seguridad Pública, el informe detectó que 108 municipalidades (31%) no informan -en su planilla de mecanismos de participación ciudadana- la existencia de su Consejo Comunal de Seguridad, información que es obligatoria según la Instrucción General de Transparencia Activa del CPLT (Resolución Exenta N°500), dado que exige publicar los mecanismos de participación ciudadana, dentro de los que se encuentran los consejos consultivos.

Además, se reveló que solo 2 municipios (menos del 1%) cumplen con la totalidad de los requerimientos de transparencia activa definidos, en general, para los consejos consultivos, tales como nombre, objetivo, forma de integración, integrantes y si ellos representan a alguna institución, período de vigencia en sus funciones, etc. Mientras que 92 municipios (27%) no publican ninguno de estos campos exigidos.

Adicionalmente, se constató que 253 municipios (de los 345 revisados), equivalentes al 73%, no publican las actas correspondientes a las sesiones de estos consejos. Ello, pese a que publicarlas constituye una buena práctica reconocida en transparencia activa, que permite conocer los temas tratados, los acuerdos adoptados y la frecuencia de funcionamiento de estos espacios, que deben sesionar al menos una vez al mes según lo establece la normativa vigente. Todo esto, sin perjuicio de que se deben reservar aquellos pasajes de las actas cuya publicidad afectare la mantención del orden público, la seguridad pública o cualquier otro valor que la Ley de Transparencia establece como causal de reserva.

El reporte de fiscalización analizó, además, qué tipo de información se publicaba en dichas actas, para lo cual se consideró una muestra de 35 municipalidades, seleccionadas también según su Índice de Vulnerabilidad Socio-delictual. En específico, se revisaron 65 actas, de las cuales sólo 28 incluían los acuerdos tomados y apenas 12 mencionaban los temas a tratar en la siguiente sesión. Este nivel de heterogeneidad en la presentación de las actas limita el seguimiento ciudadano y dificulta el control social.

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