Tras rechazo del Tricel a recurso de defensa de Daniel Jadue para retomar candidatura a diputado en el distrito 9 de la RM, se reveló argumento del único voto a favor de Jadue, del ministro Gabriel Ascencio, quien destacó reapertura de investigación del caso Farmacias Populares y defensa de derechos fundamentales en la postulación. Defensa de Jadue presentó requerimiento ante el TC, que será revisado.
Luego del revés de Daniel Jadue en el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), que rechazó el recurso de su defensa para retomar su candidatura a diputado por el distrito 9 de la región Metropolitana, se reveló el argumento del único voto a favor que tuvo el exalcalde de Recoleta, mientras el Tribunal Constitucional (TC) resuelve la admisión del requerimiento de inaplicabilidad interpuesto por su defensa.
Cabe recordar que el Tricel resolvió la semana pasada rechazar el recurso interpuesto por los abogados de Jadue, Ciro Colombara y Aldo Díaz.
Tras esta situación, se dio a conocer el motivo del voto a favor del ministro y exdiputado Gabriel Ascencio, quien fue minoría frente a los tres votos en contra que derivaron en el nuevo portazo al exalcalde de Recoleta.
Por otro lado, la defensa de Jadue presentó un requerimiento de inaplicabilidad ante el TC, el cual será revisado este miércoles.
Esta acción fue aludida hace unos días por el abogado de la UDI, Pablo Toloza, quien dijo que el recurso en el Tricel fue “una maniobra por parte de la defensa de Daniel Jadue a objeto de poder hacerse un certificado y poder recurrir ante el Tribunal Constitucional“, aseveró.
El argumento del único voto a favor de Jadue en el Tricel
En la instancia, Ascencio aludió a la reapertura de la investigación del caso Farmacias Populares para la única diligencia de revisar el teléfono del abogado Luis Hermosilla. Luego de esta decisión del Tercer Juzgado de Garantía, Jadue dejó de estar acusado y volvió a ser imputado.
“Es un hecho nuevo que justifica revisar lo resuelto, pues el supuesto fáctico en que se sustentó, es decir, la existencia de la acusación ya no existe”, sostuvo el ministro del Tricel, según consignó La Tercera.
Además, apuntó a que el Tricel debía hacer valer los derechos fundamentales de las personas y que a nadie “se le prive arbitrariamente de su derecho a ser candidato”.
En esa línea, Ascencio citó el artículo 22 de la Ley N° 18.700, que permite el reemplazo de un candidato inscrito si fallece el octavo día antes de la elección, diciendo que “la ley no puede dejar en peor pie al partido que presenta un candidato que fue acusado por el Ministerio Público y esta acusación fue dejada sin efecto, que cuando fallece un candidato”.
Por lo tanto, el ministro del Tricel dijo que en el momento de la discusión faltaban más de 30 días para las elecciones presidenciales y parlamentarias del 16 de noviembre, y que no faltaban ocho días, como indica la situación del artículo 22.
“No se pide reemplazar a un candidato, como sucede con la figura del fallecimiento, sino reinstalar a un candidato, que el Servicio Electoral había declarado inscrito y que el Tribunal Calificador de Elecciones lo dejó fuera por considerar que había una acusación penal formulada, pero que ha quedado sin efecto”, sostuvo Ascencio al considerar “absolutamente procedente” el recurso rechazado por la mayoría.

